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jueves, 27 de marzo de 2025

PRÁCTICAS: SXX- Unidades temáticas 1-3

 

Julián Besteiro, Largo Caballero, Anguiano y Saborit: el comité de huelga del PSOE encarcelado tras los sucesos de agosto de 1917.


Huelga de 1917





Al país y al ejército de españoles:

Ha llegado para nosotros el momento más temido que esperado (porque hubiéramos querido vivir siempre en la legalidad y que ella rigiera sin interrupción la vida española) de recoger las ansias, de atender el clamoroso requerimiento de cuantos amando a la patria no ven para ella otra solución que libertarla de los profesionales de la política, de los que por una u otra razón nos ofrecen el cuadro de desdichas e inmoralidades que empezaron en el año 98 y amenazan a España con un próximo fin trágico y deshonroso […]. No tenemos que justificar nuestro acto, que el pueblo sano demanda e impone […]. En virtud de la confianza y mandato que en mí han depositado, se constituirá en Madrid un Directorio Militar con carácter provisional encargado de mantener el orden público […]. No somos imperialistas, ni creemos pendiente de un terco empeño en Marruecos el honor del ejército […]. Para esto, y cuando el ejército

haya cumplido las órdenes recibidas […] buscaremos al problema de Marruecos solución pronta, digna y sensata […], La responsabilidad colectiva de los partidos políticos la sancionaremos con este apartamiento total a que los condenamos”.

La Vanguardia, Barcelona, 13 de septiembre de 1923


Artículo 1.- Se confiere al Teniente General Don Miguel Primo de Rivera y Orbaneja, Marqués de Estella, el cargo de Presidente del Directorio militar encargado de la Gobernación del Estado, con poderes para proponer cuantos Decretos convengan a la salud pública, los que tendrán fuerza de ley […].

Artículo 4.- Se suprimen por esta disposición los cargos de Presidente del consejo de Ministros, Ministros de la Corona y los de Subsecretario de la Presidencia y de los demás Ministros, excepto Estado y Guerra.

Los sueldos y demás devengos consignados en Presupuesto para estos cargos quedarán a beneficio del Tesoro.

La Gaceta, Madrid, 16 de septiembre de 1923






“Excmo. Sr. En uso de las facultades que me confiere el Real Decreto de esta fecha.Vengo en disponer lo siguiente:

Art. 1.° Se suspenden temporalmente en todas las provincias del Reino las garantías expresadas en los artículos 4.°, 5.°, 6.° y 9.° y párrafo primero, segundo y tercero del artículo 13 de la Constitución.

Art. 2.° Se confirma el estado de guerra declarado por los capitanes generales de las regiones de Baleares y Canarias, cesando desde luego en sus funciones los gobernadores civiles de todas las provincias (…).

Art. 3.° Lo sueldos consignados en los presupuestos para los gobernadores civiles quedarán en beneficio del Tesoro (…).

Dios guarde a Vuecencia muchos años. Madrid, 15 de septiembre de 1923.

El Presidente del Directorio Militar, Miguel Primo de Rivera y Orbaneja. Señor”.

Gaceta de Madrid, 17 de septiembre de 1923.








Alfonso XIII y el Directorio militar 














Parada militar con Primo de Rivera y Sanjurjo tras la victoria de Alhucemas en 1925.




Decidme:

¿Qué es la UNIÓN PATRIÓTICA?

La UNIÓN PATRIÓTICA es una Agrupación de españoles que procuran distinguirse en el cumplimiento de sus deberes.

[...] ¿Cuáles son los deberes patrióticos?

El conocimiento y la divulgación de las glorias y del valor histórico de España./ La defensa de su unidad nacional./ El sacrificio personal para defender la Patria contra sus enemigos exteriores e interiores.

[...] ¿Cuál es el origen de la UNIÓN PATRIÓTICA?

La santa rebeldía del alzamiento militar que, bajo las órdenes del general Primo de Rivera, salvó a España de su inmediata ruina.

¿Es la UNIÓN PATRIÓTICA un partido político?

No es un partido político; es una organización ciudadana...

Unión Patriótica, Madrid nº 38, 1-4-1928































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