Julián Besteiro, Largo Caballero, Anguiano y Saborit: el comité de huelga del PSOE encarcelado tras los sucesos de agosto de 1917.
Al país y al ejército de
españoles:
Ha llegado para nosotros
el momento más temido que esperado (porque hubiéramos querido vivir siempre en
la legalidad y que ella rigiera sin interrupción la vida española) de recoger
las ansias, de atender el clamoroso requerimiento de cuantos amando a la patria
no ven para ella otra solución que libertarla de los profesionales de la
política, de los que por una u otra razón nos ofrecen el cuadro de desdichas e
inmoralidades que empezaron en el año 98 y amenazan a España con un próximo fin
trágico y deshonroso […]. No tenemos que justificar nuestro acto, que el pueblo
sano demanda e impone […]. En virtud de la confianza y mandato que en mí han
depositado, se constituirá en Madrid un Directorio Militar con carácter
provisional encargado de mantener el orden público […]. No somos imperialistas,
ni creemos pendiente de un terco empeño en Marruecos el honor del ejército […].
Para esto, y cuando el ejército
haya cumplido las
órdenes recibidas […] buscaremos al problema de Marruecos solución pronta,
digna y sensata […], La responsabilidad colectiva de los partidos políticos la
sancionaremos con este apartamiento total a que los condenamos”.
La Vanguardia, Barcelona, 13 de septiembre de 1923
Artículo 1.- Se confiere al Teniente General Don Miguel Primo de Rivera y
Orbaneja, Marqués de Estella, el cargo de Presidente del Directorio militar
encargado de la Gobernación del Estado, con poderes para proponer cuantos
Decretos convengan a la salud pública, los que tendrán fuerza de ley […].
Artículo 4.- Se suprimen por esta disposición los cargos de Presidente del
consejo de Ministros, Ministros de la Corona y los de Subsecretario de la
Presidencia y de los demás Ministros, excepto Estado y Guerra.
Los sueldos y demás devengos consignados en Presupuesto para estos cargos
quedarán a beneficio del Tesoro.
La Gaceta, Madrid, 16 de septiembre de 1923
“Excmo. Sr. En uso de las facultades que me confiere el Real Decreto de esta fecha.Vengo en disponer lo siguiente:
Art. 1.° Se suspenden temporalmente en todas las provincias del Reino las garantías expresadas en los artículos 4.°, 5.°, 6.° y 9.° y párrafo primero, segundo y tercero del artículo 13 de la Constitución.
Art. 2.° Se confirma el estado de guerra declarado por los capitanes generales de las regiones de Baleares y Canarias, cesando desde luego en sus funciones los gobernadores civiles de todas las provincias (…).
Art. 3.° Lo sueldos consignados en los presupuestos para los gobernadores civiles quedarán en beneficio del Tesoro (…).
Dios guarde a Vuecencia muchos años. Madrid, 15 de
septiembre de 1923.
El Presidente del Directorio Militar, Miguel Primo de
Rivera y Orbaneja. Señor”.
Gaceta de Madrid, 17 de septiembre de
1923.
Alfonso XIII y el Directorio militar
Parada
militar con Primo de Rivera y Sanjurjo tras la victoria de Alhucemas en 1925.
Decidme:
¿Qué es la UNIÓN PATRIÓTICA?
La UNIÓN PATRIÓTICA es una
Agrupación de españoles que procuran distinguirse en el cumplimiento de sus
deberes.
[...] ¿Cuáles son los deberes patrióticos?
El conocimiento y la
divulgación de las glorias y del valor histórico de España./ La defensa de su
unidad nacional./ El sacrificio personal para defender la Patria contra sus
enemigos exteriores e interiores.
[...] ¿Cuál es el origen de la
UNIÓN PATRIÓTICA?
La santa rebeldía del
alzamiento militar que, bajo las órdenes del general Primo de Rivera, salvó a
España de su inmediata ruina.
¿Es la UNIÓN PATRIÓTICA un
partido político?
No es un partido político; es
una organización ciudadana...
Unión
Patriótica, Madrid
nº 38, 1-4-1928
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